Oficio expedido en Azpeitia a 3 de diciembre de 1803 dirigido a los Ayuntamientos de Gipuzkoa, dando cuenta de las medidas adoptadas en las Juntas Generales del territorio para sufragar los gastos y créditos contraídos en la construcción del camino de Gipuzkoa y su ramal de Navarra, así como para las obras de mantenimiento del mismo. Las medidas adoptadas son dos:
- Apertura de un empréstito público por suscripción voluntaria de acciones de 500 reales cada una, abierto a particulares, pueblos y comunidades, con un interés del 6%.
- Habilitación de cuatro casas para la compraventa de tabaco, que se harán cargo del pago de los intereses aludidos.